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Calendario de pago de las pensiones

La pensión tiene que estar en tu cuenta el primer día hábil de cada mes, y como tarde el día 4. Aquí tienes el día de cada mes.

Festivos entre el día 1 y el 3 (añade los de tu localidad)

Van marcados los de tu comunidad según el BOE. Las fiestas locales y las de cada isla no están: márcalas tú.

Cómo se calcula

La norma fija que el pago se hace en la cuenta el primer día hábil del mes y, como máximo, el cuarto día natural. Tomamos como no hábiles los sábados, los domingos y los festivos que marques. En junio y noviembre se devengan además las dos pagas extraordinarias.

Fuente: Real Decreto 696/2018, art. 24.2; Ley General de la Seguridad Social, art. 46.1 (pagas extra); fiestas laborales de 2026 y de 2027 (resoluciones de la Dirección General de Trabajo).