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Pensión no contributiva en 2026
La pensión no contributiva es para quien no ha cotizado lo suficiente y tiene pocos ingresos. En 2026 son 8.803,20 € al año, 628,80 € al mes en 14 pagas. Hay dos: la de jubilación y la de incapacidad.
Requisitos
| Jubilación | Incapacidad | |
|---|---|---|
| Edad | 65 años o más | De 18 a 64 años |
| Residencia legal en España | 10 años entre los 16 y la edad de la pensión, 2 de ellos seguidos e inmediatamente antes de pedirla | 5 años, 2 de ellos inmediatamente antes de pedirla |
| Discapacidad | No se pide | 65 % o más |
| Ingresos | Por debajo de los límites que siguen | |
Al cumplir 65 años, la pensión de incapacidad pasa a llamarse de jubilación, sin que cambien sus condiciones.
Límite de ingresos
Si vives solo, o con personas que no forman unidad económica contigo, tus ingresos del año tienen que ser inferiores a 8.803,20 €.
Si convives con tu cónyuge o con familiares hasta el segundo grado, formáis una unidad económica y se suman los ingresos de todos. Tienen que quedar por debajo de estos límites:
| Personas que conviven | Límite anual | Si entre ellas hay hijos o padres del solicitante |
|---|---|---|
| 2 | 14.965,44 € | 37.413,60 € |
| 3 | 21.127,68 € | 52.819,20 € |
| 4 | 27.289,92 € | 68.224,80 € |
Cuentan como ingresos los bienes y derechos derivados del trabajo y del capital, y también las prestaciones. Con más convivientes, cada persona de más añade 6.162,24 € al límite, o 15.405,60 € en la tercera columna.
Cuánto se cobra
| Situación | Al año | Al mes (14 pagas) |
|---|---|---|
| Pensión íntegra, un beneficiario | 8.803,20 € | 628,80 € |
| Dos beneficiarios en la misma unidad, cada uno | 7.482,72 € | 534,48 € |
| Tres beneficiarios, cada uno | 7.042,56 € | 503,04 € |
| Cuatro beneficiarios, cada uno | 6.822,48 € | 487,32 € |
| Mínimo garantizado (25 %) | 2.200,80 € | 157,20 € |
La pensión es compatible con ingresos propios de hasta 3.081,12 € al año (el 35 %). Lo que pase de ahí se descuenta de la pensión. Si convives con personas que no cobran esta pensión, la suma de los ingresos de la unidad y las pensiones tampoco puede superar el límite de la tabla anterior. Después de esas reducciones, la pensión no baja del mínimo del 25 %.
Ejemplo: una persona que vive sola, con 4.000 € de ingresos al año. El exceso sobre 3.081,12 € son 918,88 €, así que cobra 7.884,32 € al año, 563,17 € al mes.
Complementos y trabajo
- Necesidad de otra persona (solo incapacidad): con una discapacidad del 75 % o más y necesidad de ayuda para los actos esenciales de la vida, se suman 4.401,60 € al año, 314,40 € al mes.
- Alquiler: 525,00 € al año si no tienes vivienda en propiedad y vives de alquiler en tu residencia habitual, siempre que la persona propietaria no sea tu cónyuge o pareja ni pariente hasta el tercer grado. Si varias personas de la familia cobran esta pensión, solo lo cobra la titular del contrato.
- Trabajar con la pensión de incapacidad: durante cuatro años desde que empiezas a trabajar, la pensión y lo que ganes no pueden superar juntos 16.003,20 € al año. Si te pasas, se reduce la pensión. El límite es la suma del IPREM anual de 2026 (7.200,00 €) y de la pensión.
Lo que debes comunicar
Hay que comunicar cualquier cambio de convivencia, estado civil o residencia que afecte a la pensión, y presentar en el primer trimestre de cada año una declaración de los ingresos de la unidad económica del año anterior.
Fuente: Ley General de la Seguridad Social, arts. 363, 364, 366, 367, 368 y 369; Real Decreto 241/2026, art. 21 (cuantía y alquiler); Real Decreto 357/1991, art. 14 (14 pagas); guía resumen 2026 del Imserso (tablas e IPREM).