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Jubilación demorada
Si sigues trabajando después de tu edad ordinaria, tu pensión sube un 4 % por cada año completo que retrases la jubilación.
Cómo se calcula
- Por cada año completo de demora se suma un 4 % al porcentaje de tu pensión.
- A partir del segundo año completo, los periodos de más de 6 meses y menos de un año suman un 2 %.
- Hace falta haber reunido los 15 años de cotización mínimos al cumplir la edad ordinaria.
- La pensión no puede pasar de la máxima. Lo que no cabe se cobra como una cantidad al año, con su propio límite, que esta calculadora todavía no da.
La ley ofrece también cobrar el premio en un pago único o combinar las dos fórmulas. Aquí calculamos solo el porcentaje adicional.
Fuente: Ley General de la Seguridad Social, art. 210.2, y art. 57 (límite).